Meta descripción: Qué es el Modelo 720, quién está obligado a presentarlo por tener cuentas bancarias en el extranjero, los límites exactos y qué pasa si no lo presentas a tiempo.


Abrir una cuenta bancaria en el extranjero es un trámite cada vez más habitual entre nómadas digitales y expatriados, y en la mayoría de los casos es perfectamente legal (lo explicamos en detalle en nuestra guía de cómo abrir una cuenta bancaria en Europa desde el extranjero). Lo que genera más dudas no es si puedes tenerla, sino si tienes obligación de declararla, y ahí es donde entra el Modelo 720.

Qué es el Modelo 720

Es una declaración informativa que deben presentar los residentes fiscales en España sobre bienes y derechos situados en el extranjero, incluidas las cuentas bancarias. No es una declaración que suponga pagar un impuesto directamente por tener esas cuentas: es una obligación de informar a Hacienda de que existen, con las sanciones que puede acarrear si no se cumple.

El límite exacto que determina si tienes que presentarlo

No toda cuenta en el extranjero obliga a presentar el Modelo 720. La obligación surge cuando el valor conjunto de todas tus cuentas en el extranjero (sumadas, no cada una por separado) supera los 50.000 € a 31 de diciembre, o si el saldo medio del último trimestre del año supera esa misma cifra.

El matiz que mucha gente pasa por alto: el límite se calcula sumando el saldo de TODAS tus cuentas en el extranjero juntas, no cuenta por cuenta. Si tienes 30.000 € en una cuenta en Portugal y 25.000 € en otra en Alemania, sumas 55.000 € y superas el umbral, aunque ninguna cuenta individual llegue a los 50.000 €.

Quién está exento de presentarlo

  • Si el valor conjunto de tus cuentas en el extranjero no supera los 50.000 € en ningún momento del año según los criterios anteriores.
  • Si ya presentaste el Modelo 720 en un año anterior y el valor conjunto no ha aumentado en más de 20.000 € respecto a la última declaración presentada (no hace falta volver a declarar cada año si no hay variación significativa).
  • Si no eres residente fiscal en España, esta obligación no te aplica a ti, sino a la normativa del país donde sí seas residente fiscal.

Qué pasa si tienes que presentarlo y no lo haces

El régimen sancionador del Modelo 720 ha sido objeto de controversia legal en los últimos años (hubo un pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que obligó a España a moderar las sanciones desproporcionadas del régimen original), pero sigue existiendo la obligación y sigue habiendo consecuencias por no presentarlo o presentarlo con datos incorrectos, así que no conviene asumir que «ya no pasa nada» por no declararlo.

Cómo presentarlo si estás obligado

El Modelo 720 se presenta de forma telemática, dentro del plazo específico que fija la Agencia Tributaria (normalmente entre enero y finales de marzo del año siguiente al que se declara), y requiere identificar cada cuenta con su entidad, país, número de cuenta y saldo a 31 de diciembre y saldo medio del último trimestre.

Si tu situación fiscal implica más de un país —por ejemplo, si tienes dudas sobre si sigues siendo residente fiscal en España o has cambiado de residencia—, conviene revisarlo antes de presentar el 720, ya que la obligación depende directamente de dónde seas residente fiscal, algo que tratamos con detalle en nuestra guía de cómo cambiar tu residencia fiscal.

Preguntas frecuentes

¿El Modelo 720 aplica solo a cuentas bancarias? No; también incluye otros bienes en el extranjero como valores, seguros de vida o inmuebles, cada uno con sus propios límites y criterios, aunque este artículo se centra en el bloque de cuentas bancarias.

¿Tengo que presentar el Modelo 720 si mi cuenta en el extranjero está a nombre de mi empresa y no a mi nombre personal? La obligación se refiere a bienes y derechos de los que seas titular, titular real, representante o beneficiario, por lo que conviene revisar tu situación concreta si la titularidad no es directamente personal.

¿Qué pasa si abro y cierro una cuenta en el extranjero dentro del mismo año, sin llegar a fin de año con saldo? La obligación se valora también en función del saldo medio del último trimestre, no únicamente del saldo a 31 de diciembre, por lo que conviene revisar ambos criterios antes de asumir que no hay obligación de declarar.


La información de este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado. Cada situación depende de las circunstancias concretas de cada persona y de la normativa vigente en el momento de la declaración.

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