Si vives en EE.UU. y heredas de un familiar extranjero, debes declarar el Formulario 3520. Requisitos, plazos y multas de hasta el 25%.
Recibir una herencia debería ser, ante todo, un momento para procesar una pérdida familiar, no una carrera contrarreloj contra el IRS. Sin embargo, si vives en Estados Unidos como residente fiscal y heredas dinero, propiedades o bienes de un familiar en tu país de origen, existe una obligación informativa que muchos descubren solo cuando ya es demasiado tarde: el Formulario 3520, cuya omisión puede generar una multa de hasta el 25 % del valor heredado, aunque la herencia en sí misma no genere ningún impuesto sobre la renta que pagar.
Esta es una de las trampas fiscales menos conocidas —y más costosas— dentro de la comunidad de expatriados e inmigrantes que residen en Estados Unidos. En este artículo vas a entender exactamente cuándo se activa esta obligación, cómo se calcula el umbral de 100.000 USD, qué plazos y qué formulario exacto debes presentar, y qué otras declaraciones (FBAR, FATCA) pueden sumarse si la herencia incluye cuentas bancarias o activos financieros en el extranjero.
Índice de contenidos
- Lo primero: la herencia en sí misma no paga impuesto federal en EE. UU.
- Qué es el Formulario 3520 y cuándo debes presentarlo
- El umbral de 100.000 USD: cómo se calcula exactamente
- Plazos de presentación y cómo pedir una prórroga
- La multa que sorprende a casi todo el mundo: hasta el 25 %
- Herencia directa vs. fideicomiso extranjero: una distinción clave
- Otras declaraciones que pueden sumarse: FBAR y FATCA (Formulario 8938)
- Caso práctico: Marisol hereda una propiedad de su madre en México
- Tabla resumen de obligaciones según el tipo de herencia
- Errores comunes al gestionar una herencia extranjera
- Preguntas frecuentes sobre herencias del extranjero viviendo en EE. UU.
- Conclusión y siguiente paso
Lo primero: la herencia en sí misma no paga impuesto federal en EE. UU.
Antes de entrar en la parte administrativa, conviene despejar la duda que más ansiedad genera: según el Código de Rentas Internas (IRC §102), las herencias y donaciones no se consideran ingreso gravable a efectos del impuesto federal sobre la renta en Estados Unidos. Esto significa que, como heredero, no vas a pagar impuesto sobre la renta por el simple hecho de recibir la herencia, sin importar si procede de dentro o fuera del país.
El problema no es fiscal en el sentido de «cuánto debo pagar», sino informativo: el IRS exige que declares que recibiste esos fondos, precisamente para poder cruzar datos y detectar posibles casos de evasión fiscal o blanqueo de capitales disfrazados de herencia. Y es precisamente esta obligación informativa, no un impuesto sobre la herencia, la que lleva aparejada la sanción severa que veremos más adelante.
Qué es el Formulario 3520 y cuándo debes presentarlo
El Formulario 3520 («Annual Return To Report Transactions With Foreign Trusts and Receipt of Certain Foreign Gifts») es una declaración informativa que deben presentar las personas estadounidenses —lo que incluye tanto a ciudadanos como a residentes fiscales, sin importar su nacionalidad de origen— cuando:
- Reciben donaciones o herencias de una persona extranjera (individuo no residente o patrimonio/sucesión extranjera) por un valor conjunto superior a 100.000 USD en el año fiscal.
- Reciben donaciones de entidades extranjeras (corporaciones o sociedades) por un valor superior a un umbral inferior, ajustado anualmente (en torno a los 20.000 USD para 2025-2026).
- Realizan transacciones con un fideicomiso extranjero (foreign trust), incluida la recepción de cualquier distribución, sin importar el importe.
Es importante entender que esta obligación recae sobre el heredero residente en EE. UU., no sobre quien deja la herencia en el extranjero. Da igual que el familiar fallecido nunca haya pisado Estados Unidos: lo relevante es tu propia condición de persona estadounidense a efectos fiscales.
El umbral de 100.000 USD: cómo se calcula exactamente
Un matiz que genera confusión: el umbral de 100.000 USD se aplica de forma acumulada por persona donante/causante a lo largo del año fiscal, no por cada transferencia individual. Si recibes 60.000 USD de la herencia de tu padre en enero y otros 50.000 USD adicionales de la misma sucesión en octubre, ambas cantidades se suman a efectos de determinar si superas el umbral, aunque cada transferencia individual fuera inferior a 100.000 USD.
Además, si recibes donaciones o herencias de varias personas distintas relacionadas entre sí (por ejemplo, de varios hermanos que reparten una misma herencia familiar), el IRS puede exigir que se agreguen esas cantidades si existe evidencia de que se trata, en la práctica, de una única transferencia estructurada para evitar el umbral.
Plazos de presentación y cómo pedir una prórroga
El Formulario 3520 se presenta en la misma fecha límite que tu declaración anual de impuestos sobre la renta(Formulario 1040), habitualmente el 15 de abril, o el 15 de junio si resides fuera de Estados Unidos en la fecha límite original. Sin embargo, tiene una particularidad importante: no puede presentarse de forma electrónica, debe enviarse en papel por correo postal a la dirección del IRS en Ogden, Utah, indicada en las instrucciones vigentes del formulario.
Si solicitas una prórroga para tu declaración de renta mediante el Formulario 4868, esa prórroga también aplica automáticamente al plazo del Formulario 3520, lo que te da tiempo adicional (habitualmente hasta el 15 de octubre) para reunir toda la documentación necesaria, especialmente si la sucesión en el extranjero se está tramitando con lentitud.
La multa que sorprende a casi todo el mundo: hasta el 25 %
Aquí está el dato que convierte este trámite en algo que no se puede tomar a la ligera. Si no presentas el Formulario 3520 dentro de plazo para declarar una herencia o donación extranjera sujeta a esta obligación, el IRS puede imponer una multa de hasta el 25 % del valor de la herencia recibida, calculada normalmente como un 5 % por cada mes (o fracción de mes) de retraso, con un límite máximo del 25 % del importe no declarado.
Sobre una herencia de 200.000 USD, por ejemplo, esto podría traducirse en una multa de hasta 50.000 USD, simplemente por no haber presentado a tiempo un formulario informativo que no exige el pago de ningún impuesto sobre la propia herencia. Es, con diferencia, una de las sanciones más desproporcionadas en relación con el «delito» administrativo cometido, y precisamente por eso conviene tomársela en serio desde el primer momento.
Existe la posibilidad de solicitar una reducción de la multa por causa razonable (reasonable cause), presentando una explicación detallada al IRS sobre por qué no se presentó a tiempo. Circunstancias como el fallecimiento o enfermedad grave de un familiar cercano, desastres naturales que impidieron el acceso a la documentación, o dificultades acreditadas para reunir los registros necesarios pueden ayudar a mitigar la sanción, aunque el simple desconocimiento de la obligación no suele ser, por sí solo, causa razonable suficiente ante el IRS.
Herencia directa vs. fideicomiso extranjero: una distinción clave
Muchos países hispanohablantes, como México, España o Colombia, no utilizan la figura del «trust» (fideicomiso) en sus procesos sucesorios habituales, sino un proceso de sucesión testamentaria o intestada tramitado ante notario o tribunal. Esta distinción es relevante porque:
- Una sucesión ordinaria en estos países (recibir la herencia directamente como heredero, sin pasar por un fideicomiso) suele encajar en la categoría de «legado o herencia de una persona extranjera» del Formulario 3520, Parte IV, sujeta al umbral de 100.000 USD.
- Si en cambio los fondos provienen o transitan a través de un fideicomiso extranjero (una figura más habitual en sistemas legales anglosajones, o utilizada en ciertas planificaciones patrimoniales), las obligaciones de reporte pueden ser más amplias y exigirse sin importar el importe recibido, además de activar potencialmente otras partes del propio Formulario 3520 o el Formulario 3520-A.
Antes de asumir cuál es tu situación, conviene revisar con un profesional cómo se estructuró legalmente la sucesión en el país de origen, ya que el tratamiento fiscal en EE. UU. puede variar según ese detalle.
Otras declaraciones que pueden sumarse: FBAR y FATCA (Formulario 8938)
Si la herencia incluye una cuenta bancaria extranjera a tu nombre (por ejemplo, porque heredaste directamente los fondos en una cuenta en el país de origen antes de repatriarlos), pueden activarse obligaciones adicionales, independientes del Formulario 3520:
- FBAR (FinCEN Form 114): obligatorio si el valor agregado de tus cuentas financieras en el extranjero supera los 10.000 USD en cualquier momento del año, con multas que también pueden ser severas en caso de incumplimiento intencionado.
- Formulario 8938 (FATCA): exigido cuando el valor total de tus activos financieros extranjeros supera determinados umbrales, que varían según si resides dentro o fuera de Estados Unidos y según tu estado civil a efectos de declaración.
Estas tres obligaciones —Formulario 3520, FBAR y Formulario 8938— son independientes entre sí y pueden aplicarse simultáneamente sobre una misma herencia si esta incluye tanto el propio legado como cuentas bancarias extranjeras asociadas.
Caso práctico: Marisol hereda una propiedad de su madre en México
Marisol es residente fiscal en Estados Unidos (green card) y en 2026 hereda de su madre, fallecida en México, una vivienda valorada en 180.000 USD y una cuenta bancaria mexicana con 15.000 USD.
Paso 1: dado que el valor total recibido de la sucesión de su madre (195.000 USD entre propiedad y efectivo) supera el umbral de 100.000 USD, Marisol debe presentar el Formulario 3520, Parte IV, informando de la recepción de la herencia extranjera, dentro del plazo de su declaración anual (15 de abril, o con prórroga hasta el 15 de octubre si presenta el Formulario 4868).
Paso 2: al mantener la cuenta bancaria mexicana con 15.000 USD a su nombre, supera el umbral de 10.000 USD y debe presentar también el FBAR (FinCEN 114), un trámite electrónico independiente y con su propio plazo (generalmente el 15 de abril, con prórroga automática hasta el 15 de octubre).
Paso 3: Marisol no debe ningún impuesto federal sobre la renta por el hecho de haber recibido la herencia, conforme al IRC §102. Si en el futuro vende la propiedad heredada, sí podría generarse una ganancia patrimonial sujeta a impuesto, calculada normalmente sobre la diferencia entre el precio de venta y el valor de mercado de la propiedad en la fecha del fallecimiento (la llamada base «stepped-up»), un cálculo que conviene documentar cuidadosamente con una tasación en el momento de recibir la herencia.
Paso 4: Marisol presenta ambos formularios dentro de plazo, evitando así la multa de hasta el 25 % que se habría aplicado sobre los 195.000 USD en caso de omisión —una cifra que podría haber superado los 48.000 USD de sanción sobre una herencia que, en sí misma, no generaba ningún impuesto que pagar.
Tabla resumen de obligaciones según el tipo de herencia
| Situación | Formulario requerido | Umbral | Multa por incumplimiento |
|---|---|---|---|
| Herencia/donación de individuo extranjero o sucesión extranjera | Formulario 3520, Parte IV | Más de 100.000 USD acumulados/año | Hasta 25% del importe no declarado |
| Donación de entidad extranjera (corporación/sociedad) | Formulario 3520 | Umbral inferior, ajustado anualmente (~20.000 USD) | Sanciones específicas según el caso |
| Transacción con fideicomiso extranjero | Formulario 3520 / 3520-A | Sin umbral mínimo en muchos casos | Multas específicas, pueden ser elevadas |
| Cuenta bancaria extranjera heredada | FBAR (FinCEN 114) | Más de 10.000 USD agregados | Multas civiles, mayores si es intencionado |
| Activos financieros extranjeros heredados | Formulario 8938 (FATCA) | Variable según residencia y estado civil | Multas específicas por incumplimiento |
Tabla orientativa a fecha 2025-2026. Los umbrales ajustables anualmente y las cifras de sanción pueden variar; verifica siempre las instrucciones vigentes de cada formulario en irs.gov antes de presentar tu declaración.
Errores comunes al gestionar una herencia extranjera
- Asumir que, al no deber impuesto sobre la herencia, no existe ninguna obligación de declararla: la obligación es informativa, no de pago, pero igualmente exigible.
- No sumar todas las transferencias recibidas de la misma persona o sucesión durante el año al calcular si se supera el umbral de 100.000 USD.
- Olvidar el FBAR o el Formulario 8938 cuando la herencia incluye cuentas bancarias o activos financieros extranjeros, tratando el Formulario 3520 como la única obligación relevante.
- No documentar el valor de mercado de la propiedad heredada en la fecha del fallecimiento, lo que puede complicar el cálculo de la ganancia patrimonial si se vende más adelante.
- Presentar el Formulario 3520 por vía electrónica, algo que el IRS no admite: debe enviarse en papel a la dirección postal correspondiente.
Preguntas frecuentes sobre herencias del extranjero viviendo en EE. UU.
¿Tengo que pagar impuestos en EE. UU. por heredar dinero de un familiar en otro país? No, las herencias no se consideran ingreso gravable según el IRC §102. Lo que sí debes cumplir es la obligación informativa del Formulario 3520 si el importe supera el umbral correspondiente, aunque no genere impuesto a pagar.
¿Qué pasa si mi herencia es de menos de 100.000 USD? Si el valor total recibido de esa persona o sucesión durante el año no supera los 100.000 USD, generalmente no tienes obligación de presentar el Formulario 3520 por ese concepto, aunque conviene verificar si aplican otras obligaciones (FBAR, FATCA) si hay cuentas bancarias extranjeras de por medio.
¿La multa del 25 % se aplica siempre que me retraso, aunque sea solo unos días? La multa se calcula habitualmente como un 5 % por cada mes o fracción de mes de retraso, hasta un máximo del 25 %, por lo que un retraso corto genera una sanción proporcionalmente menor, aunque sigue siendo significativa incluso por fracciones de mes.
¿Puedo reducir la multa si no sabía que existía esta obligación? El desconocimiento de la norma no suele considerarse, por sí solo, causa razonable suficiente ante el IRS, aunque combinado con otras circunstancias documentables puede ayudar a construir un caso de reducción de la sanción. Es recomendable buscar asesoramiento profesional si te encuentras en esta situación.
¿Debo declarar la herencia si aún no he repatriado el dinero a Estados Unidos? Sí, la obligación de reportar surge por la recepción de la herencia como persona estadounidense, independientemente de si mantienes los fondos en una cuenta extranjera o los transfieres a Estados Unidos.
¿Qué pasa si vendo la propiedad heredada años después? Deberás calcular la ganancia patrimonial sobre la diferencia entre el precio de venta y el valor de mercado de la propiedad en la fecha del fallecimiento del causante, no sobre el precio original de compra de quien te la dejó en herencia; por eso es tan importante documentar bien ese valor inicial.
Conclusión y siguiente paso
Heredar de un familiar en el extranjero mientras resides en Estados Unidos no genera, por sí mismo, ningún impuesto sobre la renta que pagar, pero sí una obligación informativa que puede salir muy cara si se ignora. Los puntos clave que hemos visto son:
- Las herencias no tributan como ingreso en EE. UU. según el IRC §102.
- El Formulario 3520 es obligatorio si recibes más de 100.000 USD de una persona o sucesión extranjera en el año, aunque el importe esté libre de impuesto.
- La multa por no presentarlo puede alcanzar el 25 % del valor heredado, calculada de forma progresiva por cada mes de retraso.
- Las herencias con cuentas bancarias o activos financieros extranjeros pueden activar obligaciones adicionales como el FBAR o el Formulario 8938.
- Documentar el valor de mercado en la fecha del fallecimiento es clave para calcular correctamente una futura venta del bien heredado.
Disclaimer: Este artículo tiene una finalidad exclusivamente informativa y divulgativa. No constituye asesoramiento legal, fiscal ni contable personalizado. Los umbrales, plazos y porcentajes de sanción citados corresponden a la normativa del IRS vigente en el momento de la redacción (2025-2026) y se actualizan periódicamente; verifica siempre las instrucciones oficiales del Formulario 3520 en irs.gov y consulta con un contable o abogado especializado en fiscalidad internacional antes de presentar cualquier declaración relacionada con una herencia extranjera.
